Asistencia Económica para casos de Orfandad
Contacto : (01) 644 9006 opción 1
La asistencia económica es la entrega de S/ 200.00 mensuales a cada beneficiario/a y es abonada cada dos meses. Esta pensión es abonada al administrador/a, a través de una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación, creada por el INABIF.
Condiciones
La niña, niño o adolescente debe encontrarse inscrito en el “Registro de Información de Niñas, niños y Adolescente en situación de Orfandad” del Reniec.
La niña, niño o adolescente debe pertenecer a un hogar en situación de pobreza o pobreza extrema, conforme al Padrón General de Hogares del Sisfoh del Midis, a excepción de los que se encuentren contemplados en el Mecanismo Intersectorial para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos.
Requisitos
Formato de solicitud, aprobado por el Inabif, que incluye una declaración jurada de inexistencia de los supuestos de incompatibilidad.
Si eres extranjero, debes adjuntar tu copia del Carnet de Extranjería (ambos lados).
Si no eres la madre o padre, presenta también:
Resolución judicial, testamento o escritura pública que te acredite como la persona que va a administrar la asistencia económica, o resolución administrativa o judicial que te otorgue el acogimiento familiar de la niña, niño o adolescente. Solo en casos excepcionales, puedes llevar un documento legal que acredite la tenencia del menor.
En caso la niña, niño o adolescente padezca enfermedad crónica o tenga alguna discapacidad, debes agregar:
Para el caso de discapacidad, carnet de Conadis o certificado de discapacidad emitido por el centro de salud público o privado.
Para el caso de enfermedad crónica, certificado médico del centro de salud público o privado, emitido por el médico especialista colegiado, que indique la enfermedad crónica.